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Contribuyente revisando en su laptop la declaración del IVA en SRI en Línea junto al comprobante de pago, representando la declaración y el pago en un solo paso

Nueva regla del IVA del SRI 2026: declarar y pagar es un solo paso

Desde junio de 2026 el SRI exige declarar y pagar el IVA juntos: si no pagas el total, la declaración cuenta como no presentada. Te explico cómo cumplir.

· 6 min de lectura · Equipo Factuplan

Desde el 1 de junio de 2026 cambia la forma en que cumples con el IVA ante el SRI. La novedad es sencilla de entender, pero tiene un detalle que conviene tener bien claro: la declaración solo cuenta como presentada cuando va acompañada del pago total del impuesto.

Si manejas tu propio RUC, llevas la contabilidad de un negocio o asesoras a contribuyentes, este cambio te toca de cerca. Te lo explico en simple.

Qué es lo que cambia

Hasta ahora, en la práctica, muchos contribuyentes separaban dos momentos: primero declaraban el IVA y después, cuando podían, se ocupaban del pago. Eso se acabó.

Con la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000016, que entra en vigencia el 1 de junio de 2026, el SRI estableció que la declaración del Impuesto al Valor Agregado se considera cumplida únicamente cuando se registra junto con el pago total del impuesto.

En otras palabras: declarar y pagar pasan a ser un solo paso. Ya no es “declaro hoy y pago después”. Ahora es presentar la declaración y efectuar el pago de forma simultánea, dentro de los plazos que ya conoces según tu noveno dígito del RUC. Si no tienes ese calendario a la mano, revisa el calendario tributario del SRI 2026 por noveno dígito.

El punto que no te puedes saltar

Aquí está el centro del asunto, y por eso vale la pena recalcarlo:

Si el pago no se realiza en su totalidad, la declaración se considera como NO presentada.

Esto significa que un pago parcial no te sirve para “dejar constancia” de que cumpliste. Para el sistema, si no pagaste todo, es como si nunca hubieras declarado, con todo lo que eso implica: multas, intereses y la sensación de haber cumplido cuando en realidad no.

Y ojo con esto, porque suele generar confusión: las compensaciones parciales con notas de crédito tampoco salvan la declaración. Aunque cubras una parte del valor con una nota de crédito, si el total no queda cubierto, la declaración igual se cuenta como no presentada.

¿A quiénes aplica esta regla?

La medida aplica a todos los contribuyentes obligados a declarar el IVA, con dos excepciones que la propia resolución señala:

  1. Quienes estén registrados en el sistema de compensación fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas.
  2. Los exportadores de bienes y los proveedores directos de exportadores de bienes, siempre que cumplan los requisitos que detalla la resolución.

Si no estás en ninguno de esos dos grupos, la regla del “declaro y pago en un solo paso” te aplica desde junio de 2026.

La recomendación del SRI (y un poco de sentido común)

La Administración Tributaria recomienda algo muy práctico: presentar las declaraciones con anticipación a la fecha de vencimiento, para evitar contratiempos y cumplir a tiempo.

Esto cobra más peso que antes. Si dejas la declaración para el último día y resulta que no tienes el valor completo para pagar, ya no puedes “al menos declarar para que conste”. Te quedas con la declaración como no presentada y te expones a sanciones.

Algunas cosas prácticas que conviene tener listas antes de declarar:

  • Ten el dinero del IVA disponible al momento de declarar, no después. Si tu flujo de caja es ajustado, planifica con tiempo para no llegar corto a la fecha.
  • Si vas a usar notas de crédito, verifica que el valor que vas a compensar más lo que vas a pagar cubra el 100% del impuesto. La compensación parcial sola no basta.
  • No dejes la declaración para el día del vencimiento. Un problema de liquidez de última hora puede convertir tu declaración en “no presentada”.
  • Si tienes dudas sobre si entras en una de las excepciones, revisa los requisitos de la resolución antes de junio, no después.

Cómo se conecta con tu declaración mensual

Esta regla no cambia qué declaras ni en qué formulario: sigues usando el formulario 104 (o 104A) y los mismos casilleros de siempre. Lo único que cambia es que el pago total deja de ser un trámite aparte y pasa a ser parte de la presentación.

Por eso ahora importa más que nunca tener tu información ordenada antes de entrar a SRI en Línea: ventas por tarifa, compras, retenciones a favor y notas de crédito del período. Si llegas con el valor a pagar mal calculado, corriges contra reloj y con el riesgo de quedarte sin liquidez justo a la hora de pagar. Para repasar el llenado completo, mira la guía de declaración del IVA con formulario 104 en Ecuador 2026.

Y para asegurar el pago en el momento, ten configurado tu medio: débito automático con convenio bancario, convenio de débito o pago en ventanilla con clave de declaración. Si quieres ver las opciones y cuál conviene a tu caso, revisa los métodos de pago en el SRI.

En resumen

El cambio es bueno en su intención: simplificar el cumplimiento y dar más claridad, con un proceso más ágil. Pero le mueve el piso a la vieja costumbre de declarar primero y pagar cuando se pueda.

La regla que tienes que grabarte es una sola: desde junio de 2026, declarar el IVA sin pagar el total es lo mismo que no declarar. Planifica tu caja, ten listo el pago y no dejes nada para el último minuto.

La mejor defensa contra una declaración “no presentada” empieza mucho antes del día del vencimiento: con una facturación electrónica ordenada que te deje el IVA del período claro y conciliado. Crea tu cuenta gratis en Factuplan — emites facturas, notas de crédito y retenciones, y exportas el detalle por período que necesitas para declarar y pagar a tiempo, sin sorpresas de última hora.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo aplica la nueva regla de declarar y pagar el IVA juntos?

Desde el 1 de junio de 2026, con la entrada en vigencia de la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000016 del SRI. A partir de esa fecha, la declaración del IVA se considera cumplida únicamente cuando se registra junto con el pago total del impuesto. Los plazos siguen rigiéndose por el noveno dígito del RUC.

¿Qué pasa si pago solo una parte del IVA al declarar?

La declaración se considera como NO presentada. Un pago parcial no deja constancia de cumplimiento: para el sistema del SRI es como si nunca hubieras declarado, con las multas e intereses que eso implica. Para que la declaración cuente, el pago debe cubrir el 100% del impuesto del período.

¿Las notas de crédito sirven para cubrir la declaración del IVA?

Solo si la compensación con la nota de crédito, sumada a lo que pagas, cubre el total del impuesto. Una compensación parcial con notas de crédito no salva la declaración: si el valor total no queda cubierto, la declaración igual se cuenta como no presentada. Verifica siempre que nota de crédito más pago lleguen al 100%.

¿Hay contribuyentes a los que no les aplica esta regla?

Sí, la resolución contempla dos excepciones: quienes estén registrados en el sistema de compensación fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, y los exportadores de bienes y proveedores directos de exportadores de bienes que cumplan los requisitos de la resolución. Si no estás en ninguno de esos grupos, la regla de declarar y pagar en un solo paso te aplica desde junio de 2026.

¿Cambia el formulario o la fecha de declaración del IVA?

No. Sigues declarando con el formulario 104 o 104A y dentro del mismo calendario por noveno dígito del RUC. Lo único que cambia es que el pago total deja de ser un trámite posterior y pasa a ser parte de la presentación: declaras y pagas en el mismo acto. El SRI recomienda presentar con anticipación a la fecha de vencimiento para evitar contratiempos.


Fuente: Boletín NAC-COM-26-022 del Servicio de Rentas Internas (16 de abril de 2026), sobre la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000016. Puedes consultar este y otros comunicados oficiales en los boletines del SRI 2026. Este contenido es informativo y no reemplaza la asesoría tributaria profesional ni el texto oficial de la resolución, que puedes revisar en www.sri.gob.ec.

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