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Pantalla de computador con el formulario 104 del SRI abierto en SRI en Línea junto a una calculadora, papeles con cálculos de IVA y un calendario marcando la fecha de declaración

Declaración de IVA con formulario 104 en Ecuador 2026: guía

Cómo declarar el IVA con el formulario 104 en Ecuador 2026: 104 vs 104A, calendario por noveno dígito, mensual o semestral, errores y multas.

· 11 min de lectura · Equipo Factuplan

El IVA que cobras a tus clientes no es tuyo. Lo recaudas en nombre del SRI y, cada mes, tienes que devolvérselo a través de un trámite específico: la declaración de IVA con el formulario 104 (o el 104A si tu perfil es más simple). Es uno de los trámites más recurrentes del año tributario en Ecuador y el que más multas automáticas genera por llegar tarde, aunque sea un día.

En esta guía 2026 vas a ver qué formulario te toca, cuándo declarar (mensual o semestral), el calendario por noveno dígito, cómo se llena el 104 paso a paso y los errores típicos que te cuestan plata sin necesidad.

¿Qué es el formulario 104?

El formulario 104 es la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que el SRI pone a disposición de los contribuyentes para liquidar el IVA generado en un período (mes o semestre, según tu régimen).

En esa declaración reportas:

  • Tus ventas gravadas con IVA (0%, 5%, 8%, 12%, 14%, 15% según el período y producto/servicio).
  • Tus compras con sus IVA respectivos.
  • Las retenciones que te hicieron y las que tú hiciste.
  • El cálculo del IVA a pagar (o, eventualmente, el crédito tributario a tu favor).

El resultado es un valor a pagar al SRI, un saldo a favor (crédito que arrastras al siguiente período) o cero. Si no presentas a tiempo, hay multa automática aunque tu declaración sea cero.

¿104 o 104A? Cuál te toca

El SRI mantiene dos formularios paralelos para el IVA. La distinción importa porque cada uno tiene su flujo y su nivel de complejidad.

CaracterísticaFormulario 104Formulario 104A
Para quiénSociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidadPersonas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad
ActividadesComercio exterior, agentes de retención, todo tipoSin actividades de comercio exterior, no son agentes de retención
ComplejidadAlto detalle: exportaciones, retenciones, casilleros adicionalesVersión simplificada
Quién lo usaEmpresas formales, contadoresProfesionales independientes, pequeños comerciantes

Si tu RUC dice “persona natural” y no llevas contabilidad formal (porque tus ingresos están bajo el umbral del SRI, no eres agente de retención y no haces comercio exterior), te corresponde el 104A. Si tienes sociedad anónima, importas/exportas o eres agente de retención, vas con el 104 completo.

En la práctica diaria, ambos formularios cubren el mismo concepto — el 104A es solo el 104 sin los casilleros que no aplican a tu perfil simplificado.

¿Mensual o semestral? La frecuencia que define tu vida tributaria

El régimen general de IVA en Ecuador es mensual. Pero el SRI permite declarar semestral en un caso específico: cuando todas tus ventas del período tienen IVA 0% o están exentas.

Mensual (la regla general)

Aplica si:

  • Tienes ventas con IVA 5%, 8%, 12%, 14% o 15% (cualquier tarifa distinta de 0%).
  • Eres profesional con servicios al 15% (consultoría, asesoría, servicios técnicos).
  • Eres comerciante con productos al 15% (la mayoría de bienes).
  • Tienes operaciones mixtas (algunas con IVA, otras sin).

Semestral (excepción)

Aplica si:

  • Todas tus ventas son IVA 0% o exentas (arriendos para vivienda, ciertos servicios educativos, transporte público, etc.).
  • Presentas en julio (declaración del 1er semestre: enero-junio).
  • Presentas en enero del siguiente año (declaración del 2do semestre: julio-diciembre).

Si tienes un mes con IVA 15% y el siguiente con 0% puro, no eres semestral: cualquier mes con IVA distinto de 0% te lleva a mensual. La regla práctica: si emites una sola factura con IVA distinto de 0% en el año, declaras todos los meses.

Calendario 2026 por noveno dígito del RUC

El SRI distribuye las fechas máximas de declaración según el noveno dígito del RUC. Para 2026, el esquema mensual es:

Noveno dígitoFecha máxima de declaración
110 del mes siguiente
212 del mes siguiente
314 del mes siguiente
416 del mes siguiente
518 del mes siguiente
620 del mes siguiente
722 del mes siguiente
824 del mes siguiente
926 del mes siguiente
028 del mes siguiente

Casos especiales con plazos distintos:

  • Contribuyentes especiales: hasta el día 9 del mes siguiente (todos en la misma fecha, sin distinción de dígito).
  • Sector público: hasta el día 20 del mes siguiente.
  • Contribuyentes con domicilio fiscal en Galápagos: hasta el día 28 del mes siguiente.

Si la fecha cae en sábado, domingo o feriado nacional, se traslada al siguiente día hábil. No esperes al último día: el portal del SRI se satura en fechas pico y la transmisión queda lenta.

Semestral 2026

  • Primer semestre (enero–junio 2026): declaración en julio 2026, según noveno dígito.
  • Segundo semestre (julio–diciembre 2026): declaración en enero 2027, según noveno dígito.

Cómo declarar el formulario 104 paso a paso

Casi todos los contribuyentes hoy declaran desde SRI en Línea (la versión DIMM offline ya es residual). El flujo general:

1. Entra al portal

  1. Abre sri.gob.ecSRI en Línea.
  2. Autentícate con tu RUC y clave del SRI.
  3. Ve a DeclaracionesDeclaración de ImpuestosFormulario 104 (o 104A).
  4. Selecciona el período fiscal: el mes que estás declarando (por ejemplo, abril 2026 se declara en mayo 2026).

2. Carga ventas e ingresos

El sistema precarga la mayoría de tus operaciones porque ya tiene los XMLs de tus facturas emitidas y recibidas (con la transmisión inmediata desde 2026, el SRI conoce todo en línea):

  • Ventas gravadas con IVA 0%, 5%, 8%, 12%, 14%, 15%: cada tarifa va en su casillero.
  • Exportaciones (en el 104): casillero específico.
  • Ventas exentas: casillero específico.

Verifica que el monto precargado coincida con tus registros. Si no coincide, revisa: facturas emitidas en contingencia que aún no se autorizaron, notas de crédito que ajustan operaciones, devoluciones registradas en períodos siguientes.

3. Carga compras y crédito tributario

El IVA pagado en tus compras se descuenta del IVA recaudado en tus ventas (eso es el crédito tributario):

  • Compras con IVA 15%: insumos, materia prima, servicios profesionales.
  • Compras con IVA 0%: alimentos básicos, libros.
  • Compras con IVA 8%, 12% u otras tarifas: períodos con tarifas especiales (feriados, regiones).
  • Compras sin derecho a crédito: típicamente bienes que no se relacionan directamente con tu actividad gravada.

4. Retenciones

Si te hicieron retenciones de IVA durante el período (cliente que retuvo 30%, 70% o 100% del IVA según norma), las cargas como crédito a tu favor.

Si tú hiciste retenciones a tus proveedores, las cargas como valor a pagar al SRI por separado (algunos casos usan el formulario 103 para retenciones de IR — no confundir con el 104).

5. Liquidación final

El sistema calcula automáticamente:

IVA generado en ventasIVA pagado en comprasRetenciones que te hicieron + Retenciones que tú hiciste = Valor a pagar al SRI

Si el resultado es positivo, debes pagar. Si es negativo o cero, tu saldo se acumula como crédito tributario para los siguientes 5 años (lo arrastras hasta consumir).

6. Selecciona forma de pago

Las formas de pago disponibles vía SRI en Línea:

  • Débito automático desde una cuenta bancaria registrada (recomendado: la mayoría de bancos tiene convenio).
  • Convenio de débito.
  • Pago en ventanilla del banco con clave de declaración generada por el SRI.
  • Compensación con créditos tributarios previos.

7. Envía y guarda el comprobante

Después de enviar, el sistema te genera un comprobante en PDF con número de declaración. Guarda ese comprobante mínimo 7 años — es tu respaldo formal ante cualquier observación futura.

Multas por presentación tardía: lo que realmente cuesta

El SRI aplica multas automáticas basadas en el Salario Básico Unificado (USD 482 en 2026). La cuantía depende de cuánto te atrasas, si pagaste o no, y si te notificaron antes:

  • Declaración con valor a pagar, fuera de plazo voluntariamente: multa del 3% mensual + intereses sobre el valor adeudado.
  • Declaración sin valor a pagar (en cero), fuera de plazo: multa fija basada en SBU (típicamente entre USD 30 y USD 60 para personas naturales, más para sociedades).
  • Declaración después de notificación del SRI: multa máxima + posible apertura de proceso de control.
  • No declaración: la peor opción — observación, multa máxima y suspensión de servicios SRI hasta regularizar.

En 2026, una multa típica por declaración tardía en cero ronda los USD 50. Mucha gente “olvida” el mes que no tuvo ventas — gran error, porque la obligación es presentar igual, aunque la declaración sea cero.

Errores comunes que pagan los contribuyentes

  • No declarar cuando no hubo ventas: la declaración mensual es obligatoria aunque sea en cero. Saltar un mes te genera multa automática.
  • Confundir 104 y 104A: usar el formulario equivocado bloquea el envío y te toca corregir contra reloj.
  • Mezclar IVA de períodos: si una factura es de marzo, va en la declaración de marzo, no en la de abril aunque hayas cobrado tarde.
  • No incluir notas de crédito y débito: si emitiste o recibiste, deben aparecer en su período correspondiente. Aprende más en notas de crédito y débito electrónicas en Ecuador 2026.
  • Olvidar retenciones a favor: dejarlas afuera te hace pagar más IVA del que realmente debes.
  • Aplicar IVA 15% a una operación de período con IVA 12%: usa la tarifa vigente al momento de la operación, no la del momento en que declaras.
  • No conservar respaldo del comprobante de declaración: ante una observación futura, sin comprobante quedas vendido.

¿Y si tengo ventas con varias tarifas (15%, 8%, 0%)?

Ningún problema. El formulario 104 tiene casilleros separados para cada tarifa. Reportas cada bloque por su tarifa correspondiente:

  • Ventas con IVA 15% → casillero IVA 15%.
  • Ventas con IVA 8% (típicamente feriados especiales) → casillero IVA 8%.
  • Ventas con IVA 0% → casillero IVA 0%.
  • Ventas exentas (educación, salud, libros, etc.) → casillero de exentas.

El SRI calcula el IVA a pagar por cada bloque y suma. Si en algún mes tienes el caso especial del IVA 8% por feriado, revisa IVA 8% en feriados 2026 y cómo poner IVA 8% en la factura en Factuplan para asegurarte de que tus comprobantes salieron con la tarifa correcta.

Estrategia para llegar tranquilo cada mes

1. Cierra el mes el día 1 del siguiente. Revisa que todas las facturas del mes anterior estén autorizadas (no pendientes ni en contingencia).

2. Reconcilia con tu listado del SRI. Descarga el listado de comprobantes emitidos y recibidos desde SRI en Línea y compáralo con tu sistema interno.

3. Declara los primeros días. No esperes al noveno dígito. Si puedes declarar el día 3 o 5, hazlo. El portal está más rápido y tienes margen para corregir.

4. Mantén tu crédito tributario monitoreado. Si arrastras crédito de meses anteriores, anótalo en una hoja aparte. El SRI te lo respeta, pero conviene que tu contabilidad lo refleje.

5. Configura débito automático. Pagar en banco a la última hora del día genera errores de transmisión. El débito automático funciona limpio.

Conexión con tus otros trámites

La declaración mensual de IVA conecta directamente con:

  • Anexo Transaccional Simplificado (ATS): detalle mes a mes de tus compras y ventas. Va en paralelo a la declaración de IVA (formulario 104) cuando estás obligado.
  • Declaración de retenciones en la fuente (formulario 103): si eres agente de retención de Impuesto a la Renta. Distinto al IVA, otra obligación.
  • Declaración anual de Impuesto a la Renta: marzo–abril del año siguiente. Tus declaraciones mensuales de IVA y tus retenciones se cruzan con el cálculo final.

Para el panorama completo del flujo IR, revisa cómo deducir impuestos del impuesto a la renta en Ecuador 2026.

Conclusión

El formulario 104 (o 104A) no es opcional ni elegible: si estás obligado a declarar IVA, lo presentas todos los meses sin excepción, antes de la fecha máxima según el noveno dígito de tu RUC. Las multas automáticas no negocian, y atrasarse “sin querer” es un costo evitable que pesa más sobre las PYMEs que sobre las grandes empresas.

La clave para no fallar: buena facturación electrónica en origen. Si emites con un sistema que cumple con la transmisión inmediata, te organiza el listado por tarifa, te exporta el detalle por período y te recuerda los plazos, el formulario 104 se llena casi solo. Crea tu cuenta gratis en Factuplan — emites facturas, notas de crédito, retenciones y exportas todo el detalle que necesitas para tu declaración mensual sin pelear con planillas.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre el formulario 104 y el 104A en Ecuador?

El formulario 104 es la versión completa para sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad, agentes de retención y contribuyentes con operaciones de comercio exterior. El 104A es la versión simplificada para personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad, sin operaciones de comercio exterior y que no son agentes de retención. Ambos liquidan IVA y se presentan dentro del mismo calendario, pero el 104A omite casilleros que no aplican al perfil simplificado.

¿Tengo que declarar IVA mensual o semestral?

Por regla general, mensual. La declaración semestral solo aplica si todas tus ventas del semestre tienen IVA 0% o están exentas (típicamente arriendos para vivienda, ciertos servicios educativos, transporte público). Si tienes una sola factura con IVA distinto de 0% (5%, 8%, 12%, 14% o 15%) en cualquier mes del año, te corresponde declarar mensual durante todo el ejercicio. La declaración semestral se presenta en julio (primer semestre) y enero del año siguiente (segundo semestre).

¿Hasta cuándo tengo plazo para declarar el formulario 104 en 2026?

El plazo máximo es entre el 10 y el 28 del mes siguiente al período declarado, según el noveno dígito del RUC. Las fechas tipo son: dígito 1 = 10, 2 = 12, 3 = 14, 4 = 16, 5 = 18, 6 = 20, 7 = 22, 8 = 24, 9 = 26, 0 = 28. Los contribuyentes especiales declaran hasta el día 9 del mes siguiente (todos en la misma fecha), el sector público hasta el día 20 y los de Galápagos hasta el día 28. Si la fecha cae en fin de semana o feriado, se traslada al siguiente día hábil.

¿Qué pasa si no tuve ventas en un mes? ¿Igual debo declarar?

Sí. La obligación de presentar el formulario 104 es independiente de si tuviste o no operaciones gravadas en el mes. Si no declaras un mes en cero, el SRI te genera multa automática como si hubieras omitido la presentación. La multa típica para una declaración mensual tardía en cero de una persona natural ronda los USD 30 a USD 60, calculada sobre el Salario Básico Unificado vigente (USD 482 en 2026). Es de los errores más caros y más evitables del año tributario.

¿Cómo se pagan las declaraciones del formulario 104?

Hay cuatro caminos: 1) débito automático desde una cuenta bancaria registrada en el convenio SRI (el más cómodo y el menos propenso a errores), 2) convenio de débito sin envío automático, 3) pago en ventanilla del banco con clave de declaración generada por el SRI, y 4) compensación con créditos tributarios previos (saldos a favor de meses anteriores o devoluciones del SRI). La mayoría de PYMEs configura débito automático para nunca atrasarse por temas operativos.

¿Qué hago si descubro un error después de enviar el formulario 104?

Puedes presentar una declaración sustitutiva. Entras a SRI en Línea, abres el formulario 104 del período en cuestión, marcas como sustitutiva e ingresas los datos corregidos. Si la corrección genera un pago adicional, lo abonas en la sustitutiva. Si la corrección reduce el valor pagado, el saldo se acumula como crédito tributario a tu favor. Cada sustitutiva queda registrada en tu historial: hazlas con calma y solo cuando estés seguro. Para correcciones complejas o de muchos meses, conviene revisar con un contador.

¿Las notas de crédito y débito afectan la declaración del formulario 104?

Sí, totalmente. Las notas de crédito reducen el IVA de tus ventas del período en que fueron autorizadas y aceptadas por el receptor. Las notas de débito aumentan el IVA. Si emites o recibes notas, deben aparecer en el período correspondiente, sumando o restando según el caso. Por eso conviene cerrar las notas dentro del mes en que se generan, para evitar arrastrar ajustes a períodos siguientes que complican la conciliación. Para profundizar, revisa la guía de notas de crédito y débito electrónicas en Ecuador 2026.


Fuentes oficiales consultadas (2026):

Equipo Factuplan

Especialista en facturación electrónica

Equipo editorial de Factuplan, especializado en facturación electrónica y normativa tributaria del SRI.

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