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Factuplan
Mapa isométrico ilustrado de Latinoamérica con edificios estilizados sobre cada país representando las agencias tributarias que regulan la facturación electrónica: SRI en Ecuador, DIAN en Colombia, SAT en México, SUNAT en Perú, ARCA en Argentina y SII en Chile, conectados por una red dorada y un documento XML flotando en el centro

Entidades que regulan la facturación electrónica en Latinoamérica

SRI Ecuador, DIAN Colombia, SAT México, SUNAT Perú, ARCA Argentina y más. Guía 2026 de quién regula la factura electrónica en cada país de Latinoamérica.

· 11 min de lectura · Equipo Factuplan

Latinoamérica fue la primera región del mundo en adoptar la facturación electrónica de forma masiva. Hoy, salvo excepciones, emitir una factura de papel ya no es legal en buena parte de los países de la región — y detrás de cada sistema hay una agencia tributaria que define el formato, autoriza al contribuyente, valida los comprobantes y persigue a quien no cumple.

Si vas a vender en varios países, integrar un ERP regional o simplemente entender por qué tu factura ecuatoriana se ve distinta de la colombiana, esta guía te resume quién regula qué en cada país, con qué formato técnico, desde cuándo es obligatorio y qué nombre lleva el comprobante. Toda la información viene de las webs oficiales de cada agencia y de fuentes especializadas; al final dejo los enlaces.

Tabla resumen: entes reguladores LATAM 2026

PaísEnte reguladorSiglaComprobanteFormato
EcuadorServicio de Rentas InternasSRIFactura electrónicaXML + XAdES-BES
ColombiaDirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIANFactura electrónicaXML UBL 2.1
MéxicoServicio de Administración TributariaSATCFDI 4.0XML (Anexo 20)
PerúSuperintendencia Nacional de Aduanas y Adm. TributariaSUNATComprobante de Pago Electrónico (CPE)XML UBL 2.1
ArgentinaAgencia de Recaudación y Control AduaneroARCA (ex AFIP)Factura electrónica con CAEXML / WS SOAP
ChileServicio de Impuestos InternosSIIDocumento Tributario Electrónico (DTE)XML + XMLDSig
República DominicanaDirección General de Impuestos InternosDGIIComprobante Fiscal Electrónico (e-CF)XML UBL
ParaguayDirección Nacional de Ingresos TributariosDNIT (SIFEN)Documento Tributario Electrónico (DTE)XML
BoliviaServicio de Impuestos NacionalesSIN (SIAT)Documento fiscal digitalXML
Costa RicaMinisterio de HaciendaHacienda CRComprobante electrónico v4.4XML + XAdES
UruguayDirección General ImpositivaDGIComprobante Fiscal Electrónico (CFE)XML
BrasilReceita Federal / SEFAZ estatalesSEFAZNF-e, NFC-e, NFS-eXML

Lo primero que salta a la vista: todos los formatos son XML. Si te preguntas por qué ninguno usa JSON, lo explico en detalle en por qué el SRI sigue aceptando XML y no JSON — la respuesta corta es la firma digital XAdES y la estandarización regional con UBL 2.1.

Veamos cada país con un poco más de detalle.

Ecuador — SRI (Servicio de Rentas Internas)

Es la agencia tributaria de Ecuador. El SRI regula la facturación electrónica desde 2014 y la hizo obligatoria de forma escalonada hasta cubrir prácticamente a todos los emisores con RUC.

  • Comprobante: Factura electrónica, nota de crédito, nota de débito, retención, guía de remisión y comprobante de pago. Todos llevan clave de acceso de 49 dígitos.
  • Formato: XML según los XSD de la Ficha Técnica de Comprobantes Electrónicos Esquema Off-line (versión vigente 2.32, de noviembre 2025).
  • Firma: XAdES-BES con certificado digital de Persona Natural o Jurídica emitido por una entidad acreditada (BCE, Security Data, ANF AC, entre otras).
  • Web service: SOAP — RecepcionComprobantesOffline y AutorizacionComprobantesOffline.
  • Novedad 2026: desde el 1 de enero de 2026, la Resolución NAC-DGERCGC25-00000017 obliga a transmitir cada comprobante en el momento de emitirse, no en batch al final del día.

Si quieres saber qué hace falta para empezar a emitir en Ecuador, mira los requisitos para facturación electrónica en Ecuador.

Colombia — DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales)

Es el equivalente colombiano del SRI. La DIAN regula la factura electrónica con validación previa desde 2019, y desde noviembre de 2020 es obligatoria para todas las empresas.

  • Comprobante: Factura electrónica de venta, con CUFE (Código Único de Factura Electrónica) y código QR para trazabilidad.
  • Formato: XML bajo el estándar internacional UBL 2.1 (Universal Business Language).
  • Modelo: validación previa — la DIAN valida antes de que la factura sea entregada al comprador.
  • Característica única: la representación gráfica (PDF con QR) y el XML deben entregarse juntos. El XML es el original; el PDF es la representación visual.
  • Documentos relacionados: notas débito, notas crédito y documento soporte en adquisiciones con no obligados a facturar.

México — SAT (Servicio de Administración Tributaria)

México fue uno de los pioneros mundiales (su CFDI nació en 2011) y hoy es probablemente el sistema más maduro y robusto de la región.

  • Comprobante: CFDI 4.0 (Comprobante Fiscal Digital por Internet), obligatorio desde el 1 de abril de 2023.
  • Formato: XML según el Anexo 20 del SAT.
  • Validación: se hace a través de PAC (Proveedores Autorizados de Certificación), no directamente con el SAT. El PAC verifica, timbra el comprobante y lo entrega al SAT.
  • Particularidades: la versión 4.0 valida en tiempo real los datos del receptor (nombre, RFC, régimen fiscal, código postal del domicilio fiscal) contra la base del SAT. Si no coinciden exactamente, el comprobante se rechaza.
  • Tipos de CFDI: Ingreso (la factura clásica), Egreso (notas de crédito), Traslado (movimientos de mercancía), Nómina, Pago y Retención.

Perú — SUNAT (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria)

La SUNAT regula los Comprobantes de Pago Electrónicos (CPE) desde 2014, con obligatoriedad gradual que hoy alcanza a casi todos los contribuyentes.

  • Comprobante: Factura electrónica, Boleta de Venta electrónica, Notas de Crédito y Débito, Comunicaciones de Baja, Resúmenes Diarios.
  • Formato: XML UBL 2.1.
  • Operadores: la SUNAT permite emitir directamente (SOL/Facturador SUNAT) o a través de OSE (Operador de Servicios Electrónicos) y PSE (Proveedor de Servicios Electrónicos).
  • Novedad 2026: desde enero de 2026 el SIRE (Sistema Integrado de Registros Electrónicos) es obligatorio para grandes contribuyentes, ampliando el alcance del sistema más allá de la emisión.

Argentina — ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero)

Hasta 2024 se llamaba AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos). En octubre de 2024 fue reorganizada y rebautizada como ARCA. El modelo argentino es distinto al resto de la región: no se “envía un XML completo y firmado”, sino que se solicita un CAE (Código de Autorización Electrónico) a un web service y se imprime junto con el comprobante.

  • Comprobante: Factura A, B, C, M, E y otros, con CAE que valida la operación.
  • Formato: XML transmitido por web services SOAP (WSFE, WSFEV1, WSMTXCA, según el detalle).
  • Variante: algunos endpoints expuestos por terceros y por la propia ARCA aceptan JSON como capa de transporte para simplificar la vida del developer, pero el modelo de comprobante subyacente sigue siendo XML.
  • Particularidad: el CAE tiene una vigencia de 10 días hábiles para imprimirse, pero el comprobante queda válido para siempre una vez obtenido el CAE.

Chile — SII (Servicio de Impuestos Internos)

Chile fue pionero a nivel mundial con el DTE (Documento Tributario Electrónico) en 2003. El SII tiene uno de los esquemas más antiguos y estables de la región.

  • Comprobante: DTE (Documento Tributario Electrónico): factura electrónica, boleta electrónica, guía de despacho electrónica, nota de crédito y nota de débito electrónica.
  • Formato: XML según los XSD del SII (EnvioDTE_v10.xsd, DTE_v10.xsd, SiiTypes_v10.xsd, xmldsignature_v10.xsd).
  • Firma: XMLDSig estándar W3C (con restricciones específicas sobre algoritmos permitidos), no XAdES.
  • Novedad: el SII actualizó al Anexo Técnico versión 2.5 en 2026, modificando estructuras XML especialmente en facturas y guías de despacho.

República Dominicana — DGII (Dirección General de Impuestos Internos)

La DGII lanzó el e-CF (Comprobante Fiscal Electrónico) en años recientes con un cronograma de obligatoriedad que está expandiéndose por sectores económicos.

  • Comprobante: e-CF en sus distintos tipos (factura de crédito fiscal, factura de consumo, nota de crédito, nota de débito).
  • Formato: XML basado en el estándar UBL internacional.
  • Modelo: validación en línea con la DGII en las modalidades Online y Online Computarizado.
  • Versión vigente: Formato e-CF versión 1.0, actualización de octubre 2025.

Paraguay — DNIT (Dirección Nacional de Ingresos Tributarios) / SIFEN

El SIFEN (Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional) es la plataforma con la que la DNIT (antes SET — Subsecretaría de Estado de Tributación) administra la facturación electrónica paraguaya, con obligatoriedad creciendo de forma gradual.

  • Comprobante: DTE (Documento Tributario Electrónico), firmado y validado por el SIFEN.
  • Formato: XML con esquema propio establecido por la DNIT.
  • Firma: digital con certificado emitido por entidades acreditadas en Paraguay.
  • Estado 2026: etapa operativa expandida, con la obligatoriedad alcanzando a más segmentos del padrón de contribuyentes.

Bolivia — SIN (Servicio de Impuestos Nacionales) / SIAT

El SIAT (Sistema Integrado de Administración Tributaria) es la plataforma del SIN para la facturación electrónica boliviana. Está siendo desplegado en grupos progresivos.

  • Comprobante: factura electrónica digital, con modalidades Computarizada en Línea, Electrónica en Línea y Manual.
  • Formato: XML estructurado según los lineamientos del SIN.
  • Estado 2026: la obligatoriedad se implementa gradualmente, con fecha límite en abril de 2026 para los últimos grupos.

Costa Rica — Ministerio de Hacienda

Costa Rica tiene un esquema maduro con la factura electrónica versión 4.4 vigente desde finales de 2024.

  • Comprobante: factura electrónica, nota de crédito, nota de débito, tiquete electrónico y otros documentos relacionados.
  • Formato: XML con firma XAdES (similar al perfil de Ecuador, aunque con sus propias variantes).
  • Validación: se hace contra la API de la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda.

Uruguay — DGI (Dirección General Impositiva)

La DGI uruguaya regula el CFE (Comprobante Fiscal Electrónico) desde 2012. Hoy es obligatorio para prácticamente todos los contribuyentes IVA.

  • Comprobante: CFE en sus variantes (e-Factura, e-Ticket, notas de corrección, etc.).
  • Formato: XML según el esquema definido por la DGI.
  • Modelo: validación previa con la DGI antes de entregar el comprobante al receptor.

Brasil — Receita Federal y SEFAZ estatales

Brasil tiene el sistema más fragmentado: la Receita Federal define el marco nacional, pero cada SEFAZ (Secretaría de Estado de Hacienda) administra la facturación electrónica de su propio estado. Es prácticamente un caso aparte por volumen y por modelo.

  • Comprobantes: NF-e (Nota Fiscal Eletrônica), NFC-e (Nota Fiscal de Consumidor Electrónica), NFS-e (Nota Fiscal de Servicio Electrónica, municipal).
  • Formato: XML con esquemas publicados por cada SEFAZ.
  • Volumen: Brasil emite varios miles de millones de comprobantes electrónicos al año — uno de los volúmenes más altos del mundo.

Patrones que se repiten en toda la región

Si miras los sistemas en conjunto, salen seis patrones comunes:

  1. XML como formato único — ninguna agencia acepta JSON como comprobante.
  2. Firma digital obligatoria — XAdES en Ecuador, Costa Rica y Colombia; XMLDSig en Chile; certificados propios en México y Argentina.
  3. Validación previa o en línea — la factura no es válida hasta que el ente la autoriza (Ecuador, Colombia, México) o le otorga un código (Argentina con CAE).
  4. Trazabilidad por código único — clave de acceso (Ecuador), CUFE (Colombia), folio fiscal/UUID (México), CAE (Argentina).
  5. Conservación legal mínima de 5 a 10 años — Ecuador exige 7 años de archivo tanto al emisor como al receptor.
  6. Modelo de intermediarios autorizados — PAC en México, OSE/PSE en Perú, Proveedores Tecnológicos en Colombia.

Si emites en varios países, en lugar de integrarte directamente con cada agencia (que significa mantener tanta lógica como países atiendas), conviene usar un proveedor con presencia regional o uno por país que exponga una API REST homogénea.

¿Qué pasa si emito sin cumplir las reglas del ente regulador?

Cada país tiene su régimen sancionatorio, pero el patrón se repite: multas económicas + posible cierre del establecimiento + pérdida del derecho a crédito fiscal. En Ecuador, por ejemplo, hay multas concretas por no facturar a tiempo y por no aplicar el IVA al 8% durante feriados, que pueden llegar a USD 1.500 por contravención. Los demás países tienen escalas similares.

La regla general es simple: el comprobante de papel ya casi no existe. Si emites una venta sin un comprobante electrónico autorizado por el ente regulador correspondiente, esa venta es como si no hubiera ocurrido — el comprador no puede sustentar gasto, tú no puedes deducir nada, y la autoridad puede sancionarte por omisión.


Si tu pregunta es operativa en Ecuador, empieza por la guía completa de facturación electrónica en Ecuador y por qué es la facturación electrónica. Si lo tuyo es comparativa de software, mira los 10 mejores facturadores electrónicos de Ecuador o el comparativo entre Factuplan y Dátil.

Preguntas frecuentes

¿Qué entidad regula la facturación electrónica en Ecuador?

En Ecuador, la facturación electrónica está regulada por el Servicio de Rentas Internas (SRI). El SRI define el formato XML, los esquemas XSD oficiales, los web services SOAP de recepción y autorización (RecepcionComprobantesOffline y AutorizacionComprobantesOffline), la firma digital XAdES-BES obligatoria y las resoluciones que actualizan el sistema. Desde enero de 2026, la Resolución NAC-DGERCGC25-00000017 obliga a transmitir todos los comprobantes en tiempo real, en el momento de emisión.

¿Cuál es la diferencia entre el SRI de Ecuador y la DIAN de Colombia?

Ambos son las agencias tributarias nacionales y regulan la facturación electrónica de su país, pero con esquemas técnicos distintos. El SRI ecuatoriano usa un esquema XML propio con firma XAdES-BES y web services SOAP. La DIAN colombiana adopta el estándar internacional UBL 2.1, usa validación previa y exige el CUFE como código único de trazabilidad. Ambos exigen XML, ninguno acepta JSON, y ambos imponen sanciones por incumplimiento.

¿Qué es el CFDI 4.0 del SAT en México y cómo se compara con la factura electrónica del SRI?

El CFDI 4.0 (Comprobante Fiscal Digital por Internet, versión 4.0) es el formato obligatorio de factura electrónica que regula el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México desde abril de 2023. Se diferencia de la factura del SRI en tres puntos: usa PAC (Proveedores Autorizados de Certificación) como intermediarios obligatorios, valida los datos del receptor en tiempo real contra la base del SAT (nombre, RFC, régimen fiscal, código postal) y maneja varios tipos especializados (Ingreso, Egreso, Traslado, Nómina, Pago, Retención). El formato sigue siendo XML, según el Anexo 20.

¿AFIP y ARCA son lo mismo en Argentina?

ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) es la sucesora de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos). En octubre de 2024 el gobierno argentino reorganizó AFIP y la rebautizó como ARCA. Las funciones tributarias y aduaneras se mantienen, pero ahora se realizan bajo la nueva denominación. Los web services de facturación electrónica que antes se llamaban 'de AFIP' siguen funcionando bajo ARCA con la misma estructura técnica (web services SOAP que entregan un CAE — Código de Autorización Electrónico).

¿Por qué todos los países de Latinoamérica usan XML y ninguno acepta JSON?

Por tres razones combinadas. Primero, todos los sistemas se diseñaron entre 2003 y 2014, cuando SOAP+XML era el estándar B2G mundial y REST+JSON aún no se había consolidado. Segundo, la firma digital exigida en cada país (XAdES en Ecuador, Colombia y Costa Rica; XMLDSig en Chile; certificados propios en México) solo existe formalmente sobre XML — no hay equivalente JSON con la misma aceptación legal. Tercero, el estándar regional UBL 2.1, adoptado por Colombia, Perú y República Dominicana, está definido únicamente como XML.

Si emito facturas en varios países de LATAM, ¿necesito integrarme con cada ente regulador por separado?

Técnicamente sí — cada agencia tributaria tiene su propio formato, sus propios web services, su propio sistema de firma y sus propias reglas de validación. Pero en la práctica, la mayoría de empresas usa proveedores tecnológicos que exponen APIs REST homogéneas y se encargan de hablar el formato XML/SOAP correspondiente con el SRI, DIAN, SAT, SUNAT, ARCA o el ente del país. Eso permite mantener una sola integración del lado de tu aplicación, sin reescribir lógica para cada agencia.

¿Cuánto tiempo debo conservar las facturas electrónicas emitidas en LATAM?

Depende del país, pero el rango está entre 5 y 10 años. En Ecuador el SRI exige conservar las facturas electrónicas por 7 años, tanto el emisor como el receptor, garantizando disponibilidad ante auditorías o requerimientos legales. En México el SAT exige 5 años (contables) y hasta 10 (tributarios). En Colombia la DIAN exige conservar el XML original (no el PDF) por al menos 5 años. La regla práctica: nunca borres los XML originales y guarda copias en al menos dos ubicaciones independientes.

Equipo Factuplan

Especialista en facturación electrónica

Equipo editorial de Factuplan, especializado en facturación electrónica y normativa tributaria del SRI.

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